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EXPEDIENTE
FECHA DE ACUERDO/DICTAMINADOR
2/2023
INCIDENTE


 
08/Marzo/2024

Visto el estado de los autos se ordena regularizar el presente incidente para dejar sin efectos la notificación por instructivo de doce de febrero de dos mil veinticuatro, respecto del acuerdo de ocho de febrero de dos mil veinticuatro, pues se considera que dicha notificación no se realizó con las formalidades previstas en los artículos 310 y 312, del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la materia de responsabilidades.
Se ordena notificar personalmente al promovente el acuerdo de ocho de febrero de dos mil veinticuatro y este acuerdo, y a la autoridad investigadora a través del Sistema Electrónico de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

LIC. EDNA MARICELA CASTILLO SILVA

 
46/2024
INFORME DE HECHOS


 
08/Marzo/2024

Se recibe el oficio CSCJN/DGRARP/DRP/273/2024, de la Directora de Registro Patrimonial, con anexos, con el que informa hechos posiblemente constitutivos de falta administrativa, por lo que con apoyo en el artículo 37, fracción XXV, del Reglamento Orgánico en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se ordena remitir los documentos de cuenta a la Unidad General de Investigación de Responsabilidades Administrativas para que en ejercicio de sus facultades determine lo que corresponda.

LIC. JEESIEL MELCHOR SÁNCHEZ

 
49/2024
INFORME DE HECHOS


 
08/Marzo/2024

Se recibe oficio CSCJN/DGRARP/DRP/275/2024, con el que la Directora de Registro Patrimonial informa que una persona servidora pública posiblemente incumplió la obligación establecida en el artículo 33, fracción III, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, por lo que se ordena elaborar informe de hechos y, mediante oficio, hacerlo de conocimiento de la Unidad General de Investigación de Responsabilidades Administrativas.

DRA. LILIANA HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ

 
50/2024
INFORME DE HECHOS


 
08/Marzo/2024

Se recibe el oficio CSCJN/DGRARP/DRP/278/2024, de la Directora de Registro Patrimonial, con el que informa hechos posiblemente constitutivos de una infracción administrativa, por lo que con apoyo en el artículo 37, fracción XXV, del Reglamento Orgánico en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se ordena remitir los documentos de cuenta a la Unidad General de Investigación de Responsabilidades Administrativas para que en ejercicio de sus facultades determine lo que corresponda.

LIC. EDNA MARICELA CASTILLO SILVA

 
51/2024
INFORME DE HECHOS


 
08/Marzo/2024

Se recibe el oficio CSCJN/DGRARP/DRP/280/2024, de la Directora de Registro Patrimonial, con anexos, con el que informa hechos posiblemente constitutivos de falta administrativa, por lo que con apoyo en el artículo 37, fracción XXV, del Reglamento Orgánico en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se ordena remitir los documentos de cuenta a la Unidad General de Investigación de Responsabilidades Administrativas para que en ejercicio de sus facultades determine lo que corresponda.

LIC. JEESIEL MELCHOR SÁNCHEZ

 
8/2023
PROCEDIMIENTO DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA


 
06/Marzo/2024

Se recibe acta de veintiséis de enero de dos mil veinticuatro y correo electrónico de la persona testigo, visto lo cual, respecto de la prueba testimonial se hace efectivo el apercibimiento decretado en acuerdo de doce de enero de dos mil veinticuatro y, por cuanto hace a las manifestaciones de la persona testigo, se señala fecha y hora para el desahogo de su testimonial. Notifíquese este proveído a la persona presunta responsable, a la persona denunciante, a la Dirección General de Prevención, Atención y Seguimiento a Casos de Violencia de Género y a la Unidad General de Responsabilidades Administrativas, a través del Sistema Electrónico de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

DRA. LILIANA HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ

 
14/2023
PROCEDIMIENTO DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA


 
07/Marzo/2024

Se recibe un oficio de la Dirección General de Recursos Humanos en el que se proporciona información sobre la antigüedad de la persona presunta responsable y se da cuenta con el estado procesal de los autos.
Al no existir actuaciones pendientes por llevar a cabo en la substanciación de este procedimiento se estima que ha concluido la intervención de esta Contraloría, a través de la Dirección General de Responsabilidades Administrativas y de Registro Patrimonial, por lo que se ordena poner a disposición de la autoridad resolutora el expediente electrónico en el Sistema Electrónico de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y remitir el expediente impreso, para la continuación del trámite correspondiente.
Se ordena notificar a través del Sistema Electrónico de la Suprema Corte de Justicia de la Nación a la Unidad General de Investigación de Responsabilidades Administrativas y por rotulón a la persona a la que se inició procedimiento.

LIC. JEESIEL MELCHOR SÁNCHEZ

 
23/2023
PROCEDIMIENTO DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA


 
08/Marzo/2024

Se tienen por presentados los alegatos de las partes; y se realiza la autorización correspondiente de la persona presunta responsable en el Sistema Electrónico de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Se ordena recabar la constancia de antigüedad respecto de la persona presunta responsable y las relativas a la consulta al Registro de Personas Servidoras Públicas Sancionadas y al Registro de Abstenciones de Imposición de Sanción que se llevan en la Dirección General de Responsabilidades Administrativas y de Registro Patrimonial.

Notifíquese a la Unidad General de Investigación de Responsabilidades Administrativas a través del Sistema Electrónico de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y por rotulón a la persona presunta responsable.

LIC. INDRA MICHELLE TREVIÑO GALICIA

 
40/2023
PROCEDIMIENTO DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA


 
07/Marzo/2024

Se recibe el oficio CSCJN/DGRARP/DRP/146/2024, de la Directora de Registro Patrimonial, con el que remite acuses de la presentación de diversas declaraciones patrimoniales de la persona presunta responsable y, con apoyo en el artículo 142 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, se ordena integrar a los autos como pruebas para mejor proveer. Se da vista a las partes. Notifíquese a la persona presunta responsable y a la Unidad General de Investigación de Responsabilidades Administrativas a través del Sistema Electrónico de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

DRA. LILIANA HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ

 
10 
49/2023
PROCEDIMIENTO DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA


 
07/Marzo/2024

Vistos los documentos de cuenta se considera que prescribieron las facultades para sancionar la falta administrativa por la que inició este procedimiento, lo que actualiza la causa de improcedencia prevista en el artículo 196, fracción I, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas y, con fundamento en el artículo 197, fracción I, de la citada ley general procede sobreseer en este procedimiento de responsabilidad administrativa. Notifíquese a la Unidad General de Investigación de Responsabilidades Administrativas a través del Sistema Electrónico de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Archívese.

DRA. LILIANA HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ

 
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