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No.
EXPEDIENTE
FECHA DE ACUERDO/DICTAMINADOR
21/2024
EXPEDIENTE DE PRESUNTA RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA


 
09/Abril/2024

Toda vez que mediante acuerdo de nueve de abril de dos mil veinticuatro el Coordinador General de Asesores de la Presidencia de este Alto Tribunal autorizó el Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa propuesto por esta autoridad investigadora el cual se agrega a los presentes autos; con fundamento en el párrafo segundo del artículo 100 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, remítase el referido informe junto con el expediente de presunta responsabilidad administrativa señalado al rubro, a la Dirección General de Responsabilidades Administrativas y de Registro Patrimonial de este Alto Tribunal, a efecto de iniciar el procedimiento de responsabilidad administrativa.

LIC. LILLIAN JUÁREZ CORDOVA

 
34/2024
EXPEDIENTE DE PRESUNTA RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA


 
01/Abril/2024

Esta Unidad General de Investigación de Responsabilidades Administrativas advierte elementos indiciarios suficientes que justifican el ejercicio de su facultad de investigación, en consecuencia se actualiza la atribución contenida en el artículo 14, fracciones I y II, del Reglamento Orgánico en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por consiguiente se propone el inicio de la investigación, la cual se somete a consideración de la Coordinación General de Asesores de la Presidencia de este Alto Tribunal, para su autorización al tenor de lo dispuesto en el artículo 9, fracción VI, del Reglamento Orgánico en cita , en relación con el numeral segundo del Acuerdo General de Administración I/2023 de la Ministra Presidenta de este Alto Tribunal.

LIC. LILLIAN JUÁREZ CORDOVA

 
34/2024
EXPEDIENTE DE PRESUNTA RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA


 
09/Abril/2024

Se tiene a la Coordinación General de Asesores de la Presidencia de este Alto Tribunal autorizando el inicio de la presente investigación de presunta responsabilidad administrativa; con fundamento en el artículo 14, fracción III, del Reglamento Orgánico en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en relación con el numeral segundo del Acuerdo General de Administración I/2023 de la Ministra Presidenta de este Alto Tribunal; así como los numerales 90 y 95 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, y 7, del Acuerdo General V/2020, se da inicio a la investigación y se instruye a la Dictaminadora responsable de este expediente para que proponga, asista y ejecute las diligencias de investigación necesarias, a fin de recabar elementos de convicción que permitan determinar la existencia de las infracciones y la presunta responsabilidad.

Por otra parte, de las constancias de autos se advierte que no obran los nombramientos de la persona servidora pública aquí involucrada y que se relacionan con la baja que causó, por lo que solicítese atentamente al titular de la Dirección General de Recursos Humanos para que, de no tener impedimento legal alguno, en el plazo de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente al que sea notificado, se sirva remitir copia certificada del nombramiento relacionado con la baja de la persona presunta responsable.

LIC. LILLIAN JUÁREZ CORDOVA

 
91/2024
EXPEDIENTE DE PRESUNTA RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA


 
09/Abril/2024

Toda vez que mediante acuerdo de nueve de abril de dos mil veinticuatro el Coordinador General de Asesores de la Presidencia de este Alto Tribunal autorizó el Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa propuesto por esta autoridad investigadora el cual se agrega a los presentes autos; con fundamento en el párrafo segundo del artículo 100 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, remítase el referido informe junto con el expediente de presunta responsabilidad administrativa señalado al rubro, a la Dirección General de Responsabilidades Administrativas y de Registro Patrimonial de este Alto Tribunal, a efecto de iniciar el procedimiento de responsabilidad administrativa.

LIC. LILLIAN JUÁREZ CORDOVA

 
101/2024
EXPEDIENTE DE PRESUNTA RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA


 
09/Abril/2024

Toda vez que mediante acuerdo de nueve de abril de dos mil veinticuatro el Coordinador General de Asesores de la Presidencia de este Alto Tribunal autorizó el Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa propuesto por esta autoridad investigadora el cual se agrega a los presentes autos; con fundamento en el párrafo segundo del artículo 100 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, remítase el referido informe junto con el expediente de presunta responsabilidad administrativa señalado al rubro, a la Dirección General de Responsabilidades Administrativas y de Registro Patrimonial de este Alto Tribunal, a efecto de iniciar el procedimiento de responsabilidad administrativa.

LIC. LILLIAN JUÁREZ CORDOVA

 
150/2024
EXPEDIENTE DE PRESUNTA RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA


 
09/Abril/2024

De lo anterior, se advierte que los hechos denunciados no hacen referencia directa o indirecta a conductas que sean constitutivas de presunta responsabilidad administrativa que se atribuyan a personas servidoras públicas adscritas a este Máximo Tribunal.

Por consiguiente, lo denunciado es ajeno a la competencia de esta Autoridad Investigadora, a la que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Acuerdo General IX/2019, de veinte de agosto de dos mil diecinueve, del Presidente de este Alto Tribunal, por el que se expiden los lineamientos para el ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas a la Unidad General de Investigación de Responsabilidades Administrativas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, le corresponde la atribución de tramitar únicamente las denuncias en materia de responsabilidades administrativas que se presenten respecto a los servidores públicos de este Máximo Tribunal (con excepción de sus Ministros); consecuentemente, resulta procedente desechar las denuncias de estudio, por actualizarse los supuestos previstos en los numerales 4, fracción III y 5, inciso a), del Acuerdo General IX/2019 del Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación .

En consecuencia, resulta procedente desechar la denuncia de estudio, por actualizarse los supuestos previstos en los numerales 4, fracción III y 5, inciso a), del Acuerdo General IX/2019 del Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación .

MTRA. REBECA DONIGIAN GANIME

 
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