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EXPEDIENTE
FECHA DE ACUERDO/DICTAMINADOR
42/2024
EXPEDIENTE DE PRESUNTA RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA


 
02/Abril/2024

se tiene a la Coordinación General de Asesores de la Presidencia de este Alto Tribunal autorizando el inicio de la presente investigación de presunta responsabilidad administrativa; con fundamento en el artículo 14, fracción III, del Reglamento Orgánico en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en relación con el numeral segundo del Acuerdo General de Administración I/2023 de la Ministra Presidenta de este Alto Tribunal; así como los numerales 90 y 95 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, y 7 del Acuerdo General V/2020, se da inicio a la investigación.

SEGUNDO. En virtud de lo anterior y toda vez que del análisis de las constancias que integran el expediente en que se actúa se advierte que no es necesario realizar mayores diligencias de investigación, pues se cuenta con elementos suficientes para la emisión de la determinación que en derecho corresponda en términos del artículo 100 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas; en consecuencia, se instruye a la persona Dictaminadora encargada del presente expediente realizar el análisis correspondiente.

LIC. LILLIAN JUÁREZ CORDOVA

 
42/2024
EXPEDIENTE DE PRESUNTA RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA


 
19/Marzo/2024

Esta Unidad General de Investigación de Responsabilidades Administrativas advierte elementos indiciarios suficientes que justifican el ejercicio de su facultad de investigación, en consecuencia se actualiza la atribución contenida en el artículo 14, fracciones I y II, del Reglamento Orgánico en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por consiguiente se propone el inicio de la investigación, la cual se somete a consideración de la Coordinación General de Asesores de la Presidencia de este Alto Tribunal, para su autorización al tenor de lo dispuesto en el artículo 9, fracción VI, del Reglamento Orgánico en cita , en relación con el numeral segundo del Acuerdo General de Administración I/2023 de la Ministra Presidenta de este Alto Tribunal.

LIC. LILLIAN JUÁREZ CORDOVA

 
49/2024
EXPEDIENTE DE PRESUNTA RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA


 
02/Abril/2024

De ahí que los hechos denunciados no hacen referencia directa o indirecta a conductas que sean constitutivas de presunta responsabilidad administrativa que se atribuyan a personas servidoras públicas adscritas a este Máximo Tribunal.

Por consiguiente, lo denunciado es ajeno a la competencia de esta Autoridad Investigadora, a la que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Acuerdo General IX/2019, de veinte de agosto de dos mil diecinueve, del Presidente de este Alto Tribunal, por el que se expiden los lineamientos para el ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas a la Unidad General de Investigación de Responsabilidades Administrativas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, le corresponde la atribución de tramitar únicamente las denuncias en materia de responsabilidades administrativas que se presenten respecto a los servidores públicos de este Máximo Tribunal (con excepción de sus Ministros).

En consecuencia, resulta procedente desechar la denuncia de estudio, por actualizarse los supuestos previstos en los numerales 4, fracción III y 5, inciso a), del Acuerdo General IX/2019 del Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación .

MTRA. REBECA DONIGIAN GANIME

 
50/2024
EXPEDIENTE DE PRESUNTA RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA


 
02/Abril/2024

Se tiene a la Coordinación General de Asesores de la Presidencia de este Alto Tribunal autorizando el inicio de la presente investigación de presunta responsabilidad administrativa por lo que se da inicio a la investigación y se instruye a la Dictaminadora responsable de este expediente para que proponga, asista y ejecute las diligencias de investigación necesarias, a fin de recabar elementos de convicción que permitan determinar la existencia de las infracciones y la presunta responsabilidad.

Por otra parte, de las constancias de autos se advierte que no obra el nombramiento de la persona servidora pública aquí involucrada y que se relaciona con la baja que causó en dos mil veintiuno.

En virtud de lo anterior, solicítese atentamente al titular de la Dirección General de Recursos Humanos para que, de no tener impedimento legal alguno, en el plazo de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente al que sea notificado, se sirva remitir copia certificada del nombramiento relacionado con la baja de la persona presunta responsable.

LIC. LILLIAN JUÁREZ CORDOVA

 
50/2024
EXPEDIENTE DE PRESUNTA RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA


 
19/Marzo/2024

Esta Unidad General de Investigación de Responsabilidades Administrativas advierte elementos indiciarios suficientes que justifican el ejercicio de su facultad de investigación, en consecuencia se actualiza la atribución contenida en el artículo 14, fracciones I y II, del Reglamento Orgánico en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por consiguiente se propone el inicio de la investigación, la cual se somete a consideración de la Coordinación General de Asesores de la Presidencia de este Alto Tribunal, para su autorización al tenor de lo dispuesto en el artículo 9, fracción VI, del Reglamento Orgánico en cita , en relación con el numeral segundo del Acuerdo General de Administración I/2023 de la Ministra Presidenta de este Alto Tribunal.

LIC. LILLIAN JUÁREZ CORDOVA

 
53/2024
EXPEDIENTE DE PRESUNTA RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA


 
19/Marzo/2024

Esta Unidad General de Investigación de Responsabilidades Administrativas advierte elementos indiciarios suficientes que justifican el ejercicio de su facultad de investigación, en consecuencia se actualiza la atribución contenida en el artículo 14, fracciones I y II, del Reglamento Orgánico en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por consiguiente se propone el inicio de la investigación, la cual se somete a consideración de la Coordinación General de Asesores de la Presidencia de este Alto Tribunal, para su autorización al tenor de lo dispuesto en el artículo 9, fracción VI, del Reglamento Orgánico en cita , en relación con el numeral segundo del Acuerdo General de Administración I/2023 de la Ministra Presidenta de este Alto Tribunal.

LIC. LILLIAN JUÁREZ CORDOVA

 
53/2024
EXPEDIENTE DE PRESUNTA RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA


 
02/Abril/2024

Se tiene a la Coordinación General de Asesores de la Presidencia de este Alto Tribunal autorizando el inicio de la presente investigación de presunta responsabilidad administrativa.

En virtud de lo anterior y toda vez que del análisis de las constancias que integran el expediente en que se actúa se advierte que no es necesario realizar mayores diligencias de investigación, pues se cuenta con elementos suficientes para la emisión de la determinación que en derecho corresponda en términos del artículo 100 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas; en consecuencia, se instruye a la persona Dictaminadora encargada del presente expediente realizar el análisis correspondiente.

LIC. LILLIAN JUÁREZ CORDOVA

 
138/2024
EXPEDIENTE DE PRESUNTA RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA


 
02/Abril/2024

De lo anterior, se advierte que los hechos denunciados no hacen referencia directa o indirecta a conductas que sean constitutivas de presunta responsabilidad administrativa que se atribuyan a personas servidoras públicas adscritas a este Máximo Tribunal.

Por consiguiente, lo denunciado es ajeno a la competencia de esta Autoridad Investigadora, a la que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Acuerdo General IX/2019, de veinte de agosto de dos mil diecinueve, del Presidente de este Alto Tribunal, por el que se expiden los lineamientos para el ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas a la Unidad General de Investigación de Responsabilidades Administrativas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, le corresponde la atribución de tramitar únicamente las denuncias en materia de responsabilidades administrativas que se presenten respecto a los servidores públicos de este Máximo Tribunal (con excepción de sus Ministros).

En consecuencia, resulta procedente desechar la denuncia de estudio, por actualizarse los supuestos previstos en los numerales 4, fracción III y 5, inciso a), del Acuerdo General IX/2019 del Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación .

MTRA. REBECA DONIGIAN GANIME

 
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